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6 comentaris
Conversa amb Elisenda Ortega
¿Crees @Hilfe que el Comité de garantías democráticas podría tener la función de mediación en caso de conflicto? ¿o quién crees que debería ejercer esta mediación?
Yo creo que, en caso de conflicto, la mediación (u otras técnicas de facilitación dela gestión conflictos, dependiendo del tipo de conflicto) deberían realizarla profesionales cualificados externos a Decidim. Eso no quita que haya ciertos acuerdos que resuelvan situaciones 'tipo' y que puedan ser velados por el comité de garantías.
Conversa amb Xabier
Yo creo que la democracia es una manera de resolver los conflictos. Y es la que hemos escogido como comunidad. No termino de entender bien esta propuesta :(
Comparto la visión de Xavier. La herramienta para abordar los conflictos es el dialogo. La mediación es necesaria cuando el dialogo se interrumpe. Pero si esta es una herramienta para dialogar, esta es la mediación. Puede que haya dos personas que no se entiendan y necesiten ayuda, pero creo que eso también se da de forma natural dentro de la propia estructura de la plataforma. Si acaso me preocuparían más los posibles conflictos estructurales que interpersonales. Y los estructurales tendrían que ver con una jerarquía que ejerciera poder de arriba a abajo. Entiendo que resolver eso haría plantearse la pregunta de, por ejemplo, ¿cómo mejorar la horizontalidad? Pero no, ¿que herramienta usar para resolver conflictos?, ya que entiendo que esta es la herramienta.
Conversa amb María Becedas
Creo que no se peuden generalizar los conflictos. Si que creo que se deben establecer una cadena de mecanismos, y profundizar un poco.
Por regla general, si es un conflicto por ejemplo de intereses que esté reflejado en el reglamento, puede ser el comité de garantías quién remita a ese reglamento.
En caso de una situación no reflejada, depende de algunas cosas: si es una minoría en la comunidad, que es posible que sea perjudicada, creo que ese comité de garantías también debería poder participar en la emisión de una recomendación en cuánto a la concordancia de las motivaciones y problemáticas del conflicto con la filosofía y resto de reglamento. Tras ese informe quizá se pueda trabajar en un comité más amplio o directamente en la misma comunidad.
Para un conflicto interpersonal si es recomendable la mediación, quizá inicialmente de algún miembro neutro con experiencia. en polarizaciones grupales sin escucha activa, enquistes en un comité, etc. creo que se ha de poder intervenir desde la comunidad primero y evaluar si se ha de realizar un trabajo profesional al respecto. De la misma forma que se facilitan las asambleas para llegar a los objetivos, no veo por qué no trabajar desde otro aspecto de la facilitación para desenquistar y mediar.
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